Thursday 30 October 2025
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abc - 1 days ago

La juez de Huesca desestima que la Generalitat se persone en la causa de Sijena y el informe pericial que solicitó el MNAC

Dos decisiones del Juzgado número 2 de Huesca se han conocido este miércoles 29 de octubre, facilitadas por el Gobierno de Aragón , que se satisface de que la magistrada Rocío Pilar Vargas haya rechazado, por un parte, la petición del Museo Nacional de Arte de Cataluña ( MNAC ) para que el Instituto de Patrimonio Cultural de España (IPCE) elabore un informe pericial consistente en un proyecto de conservación sobre el cambio de ubicación de las pinturas de Sijena expuestas en la sala 16 de dicho museo. De la oportunidad de este inform e llegó a hablar en una entrevista reciente el ministro de Cultura, Ernest Urtasun.   La juez Vargas también rechaza que la Generalitat de Cataluña se persone ahora en la causa, como solicitó el pasado mes de septiembre la Administración dirigida por Salvador Illa después de más de una década de litigio judicial. En su primera decisión, el MNAC alegaba la oportunidad y necesidad de la elaboración de dicho informe del IPCE, en atención a las divergencias existentes entre las partes ejecutantes y la ejecutada, así como a la condición del conjunto pictórico como bien de interés cultural sometido a la tutela y protección del Estado. La juez estima, en una providencia fechada el 27 de octubre, que «no ha lugar la solicitud interesada, por no estimarse pertinente la emisión del referido informe en el presente momento procesal. Una vez formuladas las alegaciones por todas las partes respecto de los cronogramas aportados, y teniendo en cuenta que la finalidad de la presente ejecución no es otra que asegurar el cumplimiento efectivo de la resolución judicial que constituye su título ejecutivo, se resolverá lo procedente en cuanto a la fijación del plazo y la determinación del modo de cumplimiento». En su segunda decisión comunicada y que lleva por fecha el pasado 23 de octubre, el mismo juzgado ha estimado el recurso de reposición interpuesto por e l abogado Jorge Español que representa al Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que aducía que no es posible considerar a la Generalitat de Cataluña como parte ejecutada, dado que es no deudor en el título ejecutivo«. Así, la resolución acoge también la tesis esgrimida por el Gobierno de Aragón, y acuerda la no intervención del Ejecutivo catalán en el ámbito de la presente ejecución de la sentencia.


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