Tuesday 14 October 2025
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abc - 16 hours ago

Cámaras foto-rojo : Fallos comunes que pueden invalidar tu multa

Los nuevos semáforos foto-rojo son unos dispositivos equipados con cámaras que captan mediante imagen a los vehículos que se saltan la señal en fase roja. Este tipo de cámaras en los semáforos están extendidas por varias de las grandes y medianas ciudades de España. Aunque Madrid es la ciudad con mayor número de dispositivos y la que más ha reportado sobre sus ubicaciones, el sistema también se ha implantado en otras capitales como Barcelona, Bilbao, León, Oviedo, Segovia, Palencia, Pamplona y la reciente incorporación de Málaga, que ha comenzado a sancionar mediante este sistema. En general, las cámaras foto-rojo suelen ubicarse en intersecciones consideradas puntos negros de alta siniestralidad, cruces con un gran número de atropellos, cerca de centros educativos o de salud, y en intersecciones de entrada a vías rápidas. Aunque la multa de 200 € y la pérdida de 4 puntos en el carné de conducir pueden parecer incontestables debido a la presencia de la fotografía, expertos legales advierten que existen errores comunes que pueden invalidar las sanciones. Los llamados semáforos foto-rojo se activan automáticamente cuando el semáforo está en fase roja y un vehículo cruza la línea de detención o la supera. La cámara captura varias imágenes secuenciales que pretenden demostrar que el conductor ha cometido la infracción. Aunque la fotografía acompaña la notificación de la sanción, existen diversos motivos de recurso que, según la experiencia de las firmas especializadas, pueden llevar a la anulación de la multa. La firma Pyramid Consulting alerta de que, si bien la tecnología busca garantizar la seguridad, la Administración debe cumplir con todas las garantías legales que amparan al ciudadano, y no «todo vale» a la hora de sancionar. Explican que el conductor tiene derecho a que la prueba que le acusa cumpla con una serie de requisitos técnicos y legales. Uno de los principales fallos que permiten impugnar la sanción es la ilegibilidad de la matrícula. Es fundamental que la imagen capturada por la cámara sea completamente clara y nítida, permitiendo la lectura inequívoca de la matrícula. Aunque parezca obvio, la experiencia demuestra que en ocasiones la matrícula no se lee de forma nítida en la fotografía, un defecto que debe ser impugnado. Otro motivo para recurrir es que el color del semáforo sea indefinido o esté en ámbar. La fotografía debe mostrar claramente la luz roja encendida en el momento de la infracción. En muchas ocasiones, la firma legal ha impugnado sanciones en las que el semáforo se encontraba en fase ámbar fijo o intermitente, y no en rojo, un error de interpretación que termina anulando la multa. Finalmente, también se puede recurrir por la falta de garantías del dispositivo. Las cámaras de los semáforos son dispositivos que están expuestos a cambios meteorológicos como lluvia, nieve o calor extremo, que pueden afectar su correcto funcionamiento. Por ello, la Administración debe garantizar que la cámara cuente con las garantías suficientes de su no manipulación y que esté en óptimo estado de funcionamiento y homologado. Yolanda Abad, abogada de Pyramid Consulting, explica que «las administraciones deben garantizar que la imagen sea clara, el semáforo esté efectivamente en rojo y el dispositivo esté homologado y en correcto funcionamiento». Por ello, la consultora recomienda siempre hablar con profesionales especializados antes de abonar la sanción, ya que una revisión jurídica puede determinar si la multa cumple con todas las garantías legales que exige la ley.


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