Friday 17 October 2025
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eldiario - 23 hours ago

La jueza de la dana reitera que la Generalitat debía vigilar la rambla del Poyo por la simple aplicación de la ley

Un auto de la magistrada alude a la claridad meridiana de la normativa y de la responsabilidad autonómica del control de los caudales en barrancosUn informe de la Generalitat remitido a la jueza sobre la última alerta roja apuntala la negligencia y mala gestión en la dana La jueza de la dana ha reiterado que la Generalitat no solo ten a la competencia de la direcci n de la emergencia del pasado 29 de octubre sino que tambi n ten a en sus manos la obligaci n de controlar los barrancos , lo que se desprende por la simple aplicaci n de la normativa legal , concretamente en el Plan Especial de Inundaciones. Para ello, la Conselleria de Emergencias cuenta con diferentes medios, sin que entre los mismos exista prelaci n alguna en el Plan Especial , afirma la magistrada en referencia al hecho de que no existe una jerarqu a entre los medios para vigilar barrancos que se enumeran en la normativa (incluidos la Confederaci n Hidrogr fica del J car, la Guardia Civil, la Polic a auton mica, los ayuntamientos e incluso las comunidades de regantes). La obligaci n de la Administraci n auton mica de vigilar los barrancos es un hecho que ha sido reiterado en m ltiples resoluciones de la jueza instructora, seg n recuerda un auto dictado este jueves. La claridad meridiana de la normativa y de la responsabilidad auton mica era tan conocida que ya desde el d a de antes, el 28 de octubre de 2024, se sab a de la conveniencia del despliegue de agentes medioambientales al objeto de controlar los barrancos, conforme han declarado varios testigos del Centro de Coordinaci n de Emerg control, que, en el d a lgido de la dana, el 29 de octubre, perfectamente anunciado por la Aemet y publicitado por todos los medios de comunicaci n, hab a de continuar , afirma la resoluci n. La jueza de la dana, tars haber escuchado numerosas declaraciones de testigos de Emergencias y de Bomberos y de peritos, ya se ha hecho una idea clara del fallido dispositivo de vigilancia de los barrancos, lo cual cuestiona de plan el supuesto apag n informativo de la Confederaci n Hidrogr fica del J car (CHJ) en el que se escuda el president Carlos Maz n y el PP para defender una gesti n que la magistrada considera negligente. La vigilancia requiere un seguimiento, tanto en preemergencia como en emergencia , recuerda la jueza en el auto que deniega varias diligencias relativas a la CHJ solicitadas por una de las acusaciones particulares de la causa. S que acepta que se requiera informaci n al organismo sobre si hubo un despliegue de agentes de la CHJ en alg n punto de control. La resoluci n recuerda que la movilizaci n de recursos humanos se hizo tras la activaci n de la alerta hidrol gica, que, para el barranco del Poyo, tuvo lugar a las 12.20, y ello habr a sido suficiente para la comarca de l Horta Sud, teniendo en cuenta la hora de los fallecimientos que resulta de las declaraciones de perjudicados practicadas hasta el momento . Adem s, seg n la jueza, la vigilancia tambi n era necesaria en los barrancos tributarios del Poyo, atendiendo a las previsiones meteorol gicas para zonas como Tur s o Godelleta, y que los barrancos de dichas reas no cuentan con medidores, adem s de que el barranco de Horteta desemboca en el Poyo m s all del medidor . La magistrada tambi n recuerda otra de las claves principales que acreditan los fallos en la gesti n de la emergencia del 29 de octubre: Hab a avisos de lluvia acumulada en zonas de la cabecera del barranco del Poyo . Tambi n anota que en el municipio de Tur s se alcanz un nivel muy elevado de lluvias . Controlar visualmente las crecidas repentinas en barrancos Adem s, la propia consellera , Salom Pradas, actualmente investigada en la causa, fue informada de que le compet a controlar el barranco del Poyo, estampando de su pu o y letra la responsabilidad en la asunci n de dicho control, la existencia de una alerta hidrol gica y, lo que es m s importante, la utilizaci n de medios propios, brigadas forestales , dice la jueza instructora en referencia a un video de Emergencias recientemente incorporado a la causa. Dichas brigadas nada tienen que ver con la CHJ. Tampoco est n a las rdenes de la CHJ, y s de la Administraci n auton mica, los agentes medioambientales de la Conselleria de Medio Ambiente , agrega el auto. La jueza explica que la vigilancia sobre el terreno responde al hecho de que las subidas repentinas en los caudales de los barrancos se han de controlar visualmente y de forma permanente durante la alerta hidrol gica, a trav s del gran n mero de medios personales, centenares de profesionales, que depend an de la Administraci n auton mica , concluye la resoluci n.


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