Friday 23 January 2026
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abc - 1 month ago

Ignacio de la Calzada, abogado experto en derecho laboral: «Cuando la baja llega a los 18 meses, dejas de cotizar pero no estás despedido»

Hay bajas médicas que, por la gravedad o la evolución lenta del problema, pueden alargarse mucho más de lo que solemos imaginar. En algunos casos incluso superan el límite habitual previsto por la ley, o acaban desencadenando una incapacidad permanente. Pero, ¿qué ocurre exactamente cuando una baja llega al final del tiempo legal permitido? Sobre este tema ha hablado el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, que se dedica a explicar distintos aspectos del derecho laboral en redes sociales. En uno de sus últimos vídeos en Instagram detalla qué sucede cuando un trabajador agota el periodo máximo de baja dentro de la empresa y qué pasos se ponen en marcha a partir de ese momento. El abogado recuerda que una baja médica tiene una duración ordinaria de 12 meses. Durante ese año el trabajador sigue cotizando con normalidad y mantiene sus derechos como si estuviera prestando servicio. Puede generar vacaciones, cobrar el 100% según convenio e incluso prorrogar ese periodo. Si al llegar al mes 12 la situación no ha mejorado, la Seguridad Social puede ampliar la baja de forma extraordinaria hasta los 18 meses, siempre con las mismas condiciones, se sigue cotizando, no se consume paro y se siguen acumulando vacaciones. El punto crítico llega cuando se alcanzan los 18 meses. Según explica, en ese momento suele llegar un aviso de la empresa indicando la baja en la Seguridad Social. También es habitual que envíen la liquidación del finiquito, donde abonan las vacaciones pendientes porque dejan de cotizar por el trabajador. La relación laboral termina, pero el experto advierte que eso no implica un despido. A partir de ahí pueden pasar tres cosas. La primera, que el trabajador reciba el alta médica. Si ocurre, debe reincorporarse al puesto. «Es impepinable», señala el abogado. Si al volver ve que no puede desempeñar su trabajo, tiene la opción de solicitar una incapacidad permanente. La segunda posibilidad es que directamente le reconozcan esa incapacidad permanente sin necesidad de volver a trabajar. La tercera opción es la llamada demora de calificación. En este escenario se inicia el expediente de incapacidad permanente, pero mientras se resuelve la persona sigue cobrando su prestación, aunque ya no cotiza. Todo depende de la resolución final, si aceptan la incapacidad, pasa a ser pensi si la deniegan, debe reincorporarse al trabajo y decidir si recurre o solicita una incapacidad por su cuenta. Esta fase puede alargarse hasta seis meses, lo que significa que alguien podría estar hasta 24 meses en situación de baja médica mientras espera la decisión definitiva. Por eso el abogado insiste en conocer bien el proceso y tener claro qué implica cada etapa para evitar malentendidos o presiones incorrectas. «Que no te engañen», concluye.


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